TEMA 6:LEY ORGANICA DE SEGURIDAD SOCIAL

Comentario

la exposición fue muy amena este tema es muy bonito, y espero que la ley contribuya realmente a desarrollar las bases sólidas de un nuevo estado, que garantice los derechos básicos a la población como lo expresa la ley a través de los 3 subsistemas: salud, previsión social y vivienda y hábitat.
Es de resaltar el principio de la solidaridad dentro de nuevos escenarios socio-económicos de nuestro país, que exigirán el esfuerzo colectivo para poder alcanzar el estado de bienestar con que soñamos todos. La solidaridad debe ser un principio fundamental, clave para elevar nuestra calidad de vida, por ende un buen desempeño del sistema de seguridad social por parte de las instituciones garantizara una mejor sociedad.

RESUMEN

La Seguridad Social nace en
Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883. La expresión "Seguridad Social" se populariza a partir de su uso por primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la "Social Security Act" de 1935; y en nuestro país aparece el 9 de octubre de 1.944

La Seguridad Social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras.

La Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela.

La Finalidad de la Seguridad Social, es garantizar a las personas comprendidas en el campo de aplicación de esta Ley, la protección adecuada frente a las contingencias.

Fue promulgada el 30.12.2002 según gaceta oficial 37.600, como resultado de diferentes Anteproyectos y Proyectos de Leyes presentados durante los años 2000 y 2001 la cual garantiza el derecho a la salud y a las prestaciones por: maternidad, Paternidad, enfermedades y accidentes cualesquiera sea su origen, magnitud
y duración, discapacidad, necesidades especiales, pérdida involuntaria del empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda y hábitat, recreación, cargas derivadas de la vida familiar etc.

Esta ley Se trata de las contingencias previstas en el Artículo 86 de la Constitución y prácticamente, las mismas consagradas en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOSSSI) de 1997, con excepción de la contingencia de paternidad, que no aparecía, y tampoco estaba contemplada en la constitución de 1961, vigente a la sanción de la LOSSSI. Asimismo, no se menciona la nupcialidad, ni la muerte, pero si se incluye la necesidad de hábitat, que se agregó a la prestación de vivienda.

El sistema de seguridad social estará conformado por tres (3) Sistemas Prestacionales o subsistemas: Salud, Previsión Social y Vivienda y Hábitat, los que a su vez estarán integrados por Regímenes Prestacionales, a través de los cuales se otorgarán las prestaciones a los sujetos protegidos.


El presidente de la República establecio el "decreto de cotizacón 750", donde se establece como mínimo 750 cotizaciones para tener derecho a ser pensionado por el estado y gozar de una vejez tranquila con asistencia de salud, en la página del instituto venezolano de los seguros sociales podemos encontrar información de como poder inscribir para comenzar a cotizar y lo mas importante es que no necesitas ser un empleado público o privado, si eres trabajador independiente no importa la índole (trabajadores informales), solo basta con registrarse llenando el formulario que se puede encontrar en: http://www.ivss.gov.ve/


Bibliografia

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